Objetivo General
Garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, los Reglamentos Aeronáuticos Dominicanos y los Anexos 6 y 8 de OACI, que abarcan todas las cuestiones relativas a la certificación tipo de las aeronaves.
Funciones Generales
- Asegurar que se haya implantado un sistema que permita al explotador notificar al organismo de diseño de tipo los casos de mal funcionamiento, fallas, defectos y otros sucesos que puedan perjudicar el mantenimiento de la aeronavegabilidad.
- Controlar los Boletines de Servicio (SB) del fabricante para determinar los efectos probables sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de los productos aeronáuticos y establecer procedimientos para evitar o corregir dificultades de
servicio. - Garantizar que exista un sistema para recibir, examinar y tomar medidas apropiadas respecto de la Información obligatoria sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad MCAI del Estado de diseño.
- Garantizar que haya un programa de mantenimiento de la integridad estructural (SIP) para cada avión que supere los 5, 700 kg MCTM y controlar su efectividad con miras a determinar la necesidad de efectuar inspecciones complementarias para mantener la aeronave en condiciones de aeronavegabilidad.
- Aceptar los certificados de tipo de aeronave expedidos por otro Estado, con inclusión de sus componentes, motores, sistemas, instrumentos y equipos.
- Evaluar y aprobar diseños de modificación y reparación asociadas con el mantenimiento de la aeronavegabilidad. El diseño de modificación o reparación propuesto debe ser evaluado.
- Examinar los SB de los fabricantes de aeronaves y componentes y las directrices de aeronavegabilidad publicadas por autoridades extranjeras de aeronavegabilidad para determinar su aplicabilidad en aeronaves nacionales y adoptar medidas cuando pueda verse afectada la aeronavegabilidad.
- Controlar la aplicación de las directrices de aeronavegabilidad y/o SB conexos publicados por el fabricante para garantizar que el explotador cumpla los requisitos de mantenimiento de la aeronavegabilidad de los productos aeronáuticos con un
procedimiento establecido para evitar o corregir dificultades de servicio. - Resolver problemas de reglamentación asociados con el mantenimiento de la aeronavegabilidad aplicando enmiendas a los reglamentos según corresponda y estableciendo políticas y procedimientos generales y técnicos en los que puedan
basarse los requisitos de aeronavegabilidad y en los cuales se puedan incorporar mejoras. - Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.