Departamento Aeronavegabilidad

Objetivo General

Certificar, autorizar, aprobar e inspeccionar las operaciones aéreas, en conformidad con las disposiciones establecidas por la Ley de Aviación Civil de República Dominicana y de los Reglamentos Aeronáuticos Dominicanos.

Funciones Generales

  • Velar por el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y sus piezas. Gestionar las aprobaciones sobre la base de la evaluación satisfactoria de organismos de mantenimiento, explotadores, organismos de instrucción sobre
    mantenimiento de aeronaves, y técnicos/ingenieros/mecánicos especializados en mantenimiento.
  • Aprobar modificaciones y reparaciones a las aeronaves nacionales.
  • Gestionar las aprobaciones (certificado de aeronavegabilidad, certificado de aeronavegabilidad para exportación y permisos de vuelo especial), sobre la base de la evaluación satisfactoria de aeronaves, motores, hélices y equipo producido en el Estado o de aeronaves de fabricación extranjera destinadas a su matriculación en el Estado.
  • Gestionar la expedición y reemplazo de certificados de aeronavegabilidad, licencias de estación radiotelefónica y homologación acústica.
  • Adoptar medidas apropiadas en relación con la información obligatoria sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad (MCAI).
  • Vigilar el mantenimiento de la aeronavegabilidad, medidas de cumplimiento. Gestionar la distribución al público de información sobre aeronavegabilidad.
  •  Elaborar reglamentos, normas, políticas y textos de orientación sobre aeronavegabilidad.
  • Gestionar la enmienda, si corresponde, de los reglamentos, políticas y textos de orientación de aeronavegabilidad nacionales, sobre la base de un examen continuo de la viabilidad y eficacia de esos reglamentos, políticas y textos de orientación.
  • Examinar cambios en los requisitos de la OACI para incorporarlos en los requisitos nacionales o registrar las diferencias pertinentes.
  • Examinar los reglamentos extranjeros actuales, y nuevos si procede, y determinar la necesidad de incorporar elementos cruciales de esos reglamentos extranjeros en los requisitos nacionales.
  • Establecer relaciones de trabajo con otras CAA y la industria que faciliten la certificación de productos aeronáuticos extranjeros para permitir su importación y exportación.
  • Realizar actividades de investigación y desarrollo, según corresponda, para respaldar la publicación de los reglamentos, normas, políticas y textos de orientación.
  • Identificar y resolver problemas de reglamentación asociados con el mantenimiento de la aeronavegabilidad y establecer reglamentos, políticas y procedimientos generales y técnicos apropiados.
  • Elaborar e implantar programas de vigilancia periódica basados en la complejidad en materia de aeronavegabilidad de la industria aeronáutica.
  • Investigar problemas o defectos importantes que se detecten en productos o piezas aeronáuticos en uso y determinar la medida correctiva apropiada que se ha de tomar cuando no se cumplan los objetivos de aeronavegabilidad de los requisitos nacionales.
  • Controlar los boletines de servicio (SB) del fabricante para evaluar sus implicaciones en el diseño, la producción y el mantenimiento.
  • Evaluar accidentes, incidentes y dificultades en el servicio para determinar posibles diseños o procesos insatisfactorios. Adoptar medidas para hacer cumplir los requisitos de aeronavegabilidad.
  • Adoptar medidas ante posibles infracciones a la legislación o los reglamentos nacionales en lo que se refiere a la aeronavegabilidad y aplicar medidas correctivas y legales cuando sea necesario.
  • Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.